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Diferencia entre ERE y ERTE

Como trabajador, conocer la diferencia entre ERE y ERTE es importante, sobre todo porque estas dos figuras, aunque puedan usar casi las mismas letras, son muy distintas entre sí.

Sin embargo, no todos los trabajadores conocen al cien por cien lo que implica un ERE o un ERTE. Así que, ¿qué tal si te lo explicamos para que lo entiendas? Vamos a ello.

Qué es un ERE

Un ERE es en realidad un Expediente de regulación de empleo. Está contemplado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores que dice así:

«1. A efectos de lo dispuesto en esta ley se entenderá por despido colectivo la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de noventa días, la extinción afecte al menos a:
a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
b) El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.
Se entenderá igualmente como despido colectivo la extinción de los contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectados sea superior a cinco, cuando aquel se produzca como consecuencia de la cesación total de su actividad empresarial fundada en las mismas causas anteriormente señaladas.
Para el cómputo del número de extinciones de contratos a que se refiere el párrafo primero de este apartado, se tendrán en cuenta asimismo cualesquiera otras producidas en el periodo de referencia por iniciativa del empresario en virtud de otros motivos no inherentes a la persona del trabajador distintos de los previstos en el artículo 49.1.c), siempre que su número sea, al menos, de cinco.
Cuando en períodos sucesivos de noventa días y con el objeto de eludir las previsiones contenidas en este artículo, la empresa realice extinciones de contratos al amparo de lo dispuesto en el artículo 52.c) en un número inferior a los umbrales señalados, y sin que concurran causas nuevas que justifiquen tal actuación, dichas nuevas extinciones se considerarán efectuadas en fraude de ley, y serán declaradas nulas y sin efecto».

El artículo es bastante más largo, pero para que lo entiendas mejor:

El ERE es un despido en toda regla. Es decir, se pierde el trabajo porque se extingue la relación laboral que se venía desempeñando antes.
Se aplica principalmente cuando la empresa va a realizar un cese de actividad. Pero, hay excepciones. Y es que puede darse en otros supuestos como por ejemplo una disminución del número de trabajadores.
Los trabajadores en ERE, siempre y cuando tengan derecho, sí pueden recibir la prestación de desempleo.

Qué derechos tienen los trabajadores

En el caso de un ERE, los trabajadores, pese a tener que ver cómo se destruye su empleo, sí que tienen algunos derechos. Por un lado, pueden pactar una indemnización por despido que sea mayor de la legalidad. Es decir, si ahora mismo la indemnización por despido es de 20 días por año trabajado, con la empresa puede acordar que sea de 30, 40, 50 o 21. Esto solo se da cuando la empresa realmente solo va a despedir a una parte de la plantilla, porque si es cese laboral, lo normal es que no pueda hacer frente a esto.

Otro de los derechos que se tiene es el de impugnar el despido. Si en algún momento el trabajador considera que no es legal, o que puede tener otro motivo oculto, puede denunciar la situación. Eso no quita que no pueda cobrar el paro si tiene derecho a ello.

Finalmente, hay un derecho más para los trabajadores, siempre y cuando el ERE afecte a más de cincuenta trabajadores. En ese caso, la empresa tiene la obligación de establecer un plan de recolocación externa.

Qué es un ERTE

Un ERTE es un Expediente temporal de empleo. Está contemplado en el artículo 47 del ET que dice así:

«1. La empresa podrá reducir temporalmente la jornada de trabajo de las personas trabajadoras o suspender temporalmente los contratos de trabajo, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de carácter temporal, con arreglo a lo previsto en este artículo y al procedimiento que se determine reglamentariamente.
2. A efectos de lo previsto en este artículo, se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante dos trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior.
Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción; y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado».

Al igual que con el artículo 51 del E.T., en este caso el 47 también es más extenso y en él se habla del procedimiento a seguir. Pero, para que te quede todo claro:

Un ERTE en realidad no es un despido, sino una pausa en la relación laboral. Esto puede afectar a todos los trabajadores o bien solo a algunos. Durante ese tiempo, al no trabajar el trabajador, no cobra.
La empresa sigue en activo. No echa el cierre, pero sí evita gastos que, en esos momentos, no puede pagar debido a la situación. Ahora bien, no es algo definitivo, de ahí que mantenga a los trabajadores pero sin tener que pagarles (y sin tener ese trabajo hecho por ellos).
El ERTE no tiene una duración máxima. En realidad, mientras la empresa siga estando en esa situación, se puede mantener el ERTE, si bien muchos trabajadores en esa situación deciden buscarse otra cosa.

Derechos de los trabajadores en ERTE

Al igual que los trabajadores en ERE, los que están en ERTE también tienen una serie de derechos.

Uno de los primeros es recibir la protección por desempleo. En caso de que la persona haya trabajado más de 360 días en los 6 meses anteriores al ERTE, tiene derecho de esa protección.

Otro de los derechos importantes es el cobro del salario. Antes te hemos dicho que no cobra, y en realidad no es así. Mientras está el ERTE en activo, y los primeros 180 días, cobrará el 70% de la base reguladora. A partir del 181, cobraría el 60%.

Además, mientras el ERTE se mantiene, el trabajador puede trabajar para otra empresa. Lo único que hay que hacer es avisar al SEPE en caso de estar cobrando la prestación por desempleo (siempre y cuando ese trabajo no sea temporal).

Eso sí, ten en cuenta que, aun estando en ERTE te pueden despedir o pueden no renovar tu contrato.

Diferencia entre ERE y ERTE

Ahora que hemos conceptualizado los dos términos, la diferencia entre ERE y ERTE es bastante más clara. En realidad, no solo hay una, sino varias de ellas. Te las resumimos aquí.

Un ERE supone una terminación de la relación laboral. El ERTE es solo una suspensión.
Un ERE te da derecho a recibir una indemnización por despido. En el ERTE no.
Un ERE te da derecho a cobrar el paro si te corresponde. En el ERTE no sería así.
El ERE, salvo que se llegue a un tope, está exento de tributar en el IRPF. Pero en el caso del ERTE no es así.

¿Te ha quedado claro la diferencia entre ERE y ERTE?