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¿Pueden despedirme estando de baja?

¿Pueden despedirme estando de baja? La respuesta rápida a esa pregunta es sí. Pero si profundizamos más en el tema, te podemos aclarar que realmente hay excepciones y algo más a tener en cuenta.

Por eso, si estás de baja, vas a tomarte una, o directamente te han despedido y no sabes si ha sido legal o no, esta información que hemos recopilado te interesa. ¿Vamos a ello?

La legislación sobre los despidos estando de baja

Para responder a la pregunta ¿pueden despedirme estando de baja?, lo mejor es acudir a la ley. Y en este caso es el Real Decreto ley 4/2020, de 18 de febrero, el que establece un cambio en el propio Estatuto de los Trabajadores. Concretamente en el artículo 52.d donde se decía lo siguiente:

«Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses».

El párrafo anterior ya no está vigente y, por tanto, una empresa no puede finalizar un contrato cuando un trabajador está en situación de incapacidad temporal. Es más, la ley 15/2022 establece que nadie puede ser discriminado por razón de enfermedad (o incapacidad temporal, IT).

Para despedir a este tipo de trabajadores que están de baja, la empresa ha de acreditar que existen otros motivos que lo justifiquen: disciplinarios u objetivos.

Las razones disciplinarias, según el propio Estatuto de los Trabajadores, serían:

Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
Indisciplina o desobediencia.
Ofensas verbales o físicas al empresario o compañeros.
Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.
Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal.
Embriaguez habitual o toxicomanía.
Acoso por razón de origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad, orientación sexual, etc., así como acoso sexual o por razón de sexo al empresario o compañeros.

Y por su parte, las razones objetivas serían:

Ineptitud del trabajador.
Falta de adaptación a las modificaciones técnicas que se incorporen en el puesto de trabajo.
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Por tanto, la empresa tendría que alegar alguna de esas razones para que el despido fuera considerado legal (y no nulo).

¿Pueden despedirme estando de baja con un contrato temporal?

Todo lo anterior se puede aplicar a todo tipo de contrato, temporal o indefinido. Pero hay un supuesto en el que sí te pueden despedir estando de baja: con un contrato temporal.

En estos supuestos, cuando llega la fecha de finalización del contrato, este se extingue. Realmente no es un despido, sino que el periodo por el que se contrató al trabajador ya ha expirado y no se le renueva ese contrato.

Por tanto, a la pregunta ¿pueden despedirme estando de baja?, si tienes un contrato temporal y este tiene fecha de finalización, sí que puede acabarse la relación (no es un despido, es que finaliza el tiempo sin que haya renovación).

¿Qué pasa si me despiden? ¿Quién me paga?

Imagina el supuesto de que estás de baja y te despiden o directamente tu contrato temporal finaliza. ¿Ahora qué? ¿Te siguen pagando o no?

Pues bien, si el despido es considerado procedente, es decir, se ha hecho en base a la legislación, entonces el trabajador, aun estando de baja, va a seguir cobrando. Solo que, en lugar de hacerlo del empresario, lo hará de la Seguridad Social o de la mutua, quien se hará cargo del pago hasta que esté de alta.

Si el despido es improcedente, el empresario puede pagarle una indemnización o readmitirle (casi nunca optan por esta opción). Y en ese caso, la baja la asume la Seguridad Social o la mutua.

En caso de que el despido sea nulo, la empresa está obligada a readmitir al trabajador y aquí sí que tendrá que abonar los salarios pendientes desde el despido relacionados con esa baja (mientras es la Seguridad Social la que paga, luego lo recupera del empresario).

Casos en los que no pueden despedirte estando de baja

Hay ciertos supuestos en los que, por estar de baja, no te pueden despedir. ¿Cuáles son? Los siguientes:

Cuando se está ante un permiso de maternidad, paternidad, lactancia o reducción de jornada por cuidado de hijos hasta los 12 años.
Reducción de jornada o excedencia para cuidar familiares.

¿Qué hacer ante el despido?

Cuando una persona está de baja y recibe la carta de despido, lo primero que piensa es que este ha venido porque está de baja. Por eso, es muy importante seguir los siguientes pasos:

Firmar la notificación de la carta. Lo normal, si estás de baja, es que la carta de despido te la remitan a tu casa y la lleve un mensajero. Tienes que firmar que la has recibido. Pero pon la frase «No conforme». De esta manera, ya estás dando pie a poder utilizar tus derechos para impugnar ese despido.
Revisar la carta de despido. A continuación has de analizar la carta. Primero, fíjate en los motivos que alega la empresa. Nunca van a poder que te despiden por estar de baja, porque eso automáticamente sería nulo, pero sí te darán otros motivos y has de averiguar si realmente son aceptables o no.
Reclamar. Tienes 20 días naturales para reclamar ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de tu ciudad o Comunidad Autónoma para llevar a cabo una reunión con la empresa e intentar llegar a un acuerdo. En caso de que no lo haga, puedes demandar por el Juzgado de lo Social.

Como ves, a la pregunta de si pueden despedirme estando de baja, hay que tener en cuenta el trasfondo para poder dar una respuesta afirmativa o negativa. Lo que está claro es que, si te pasa, lo mejor es que te pongas en manos de profesionales que pueden determinar si el despido está bien hecho o puedes ir a juicio para que lo declaren improcedente o nulo.